¿La judicialización de la protesta es una estrategia que inaugura este gobierno?
El intento de judicializar la protesta por parte de las patronales y el Estado no es algo nuevo. Esta práctica comenzó durante el siglo XIX en Francia, e inclusive hoy se repite en este y otros países de Europa y el mundo.
En nuestro país esto se consolida bajo el gobierno de Menem, donde resurge una política profundamente anti obrera. Allí es donde se instala duramente el tema de la criminalización y judicialización de la protesta. La respuesta a la movilización y organización popular que tiene la década infame de los 90, se verifica y es acompañada con una represión de dos tipos. Una de tipo físico ya que aquel el gobierno tiene a sus espaldas la responsabilidad de muchas muertes en esos diez años. Esto ya era una muestra de su política de Estado. Y en segundo lugar judicial, cuando el presidente Menem lanza una solicitada firmada por él mismo dando instrucciones a todos los fiscales del país para que se inicie proceso penal contra quienes manifiesten o reclamen. Obviamente, esto último se va dando durante el periodo en que empieza a caer el cuento del bienestar de las privatizaciones. Y el resultado fue que muchos jueces y fiscales actuaron de manera obediente al decreto de hecho que significaba la solicitada de Menem.
Hay que recordar que en aquel momento tuvimos a Cultralcó como caso testigo, donde ATE tuvo participación directa junto a la CTA. A partir de allí, el gremio estatal protagonizó una lucha en todo el país. Desde entonces iniciamos una campaña nacional e internacional en contra de la judicialización de la protesta social. En eso, hay que decirlo, fuimos los pioneros.
Este fenómeno, profundizado en los 90, continuó durante los gobiernos De la Rúa y Duhalde. Y en el día de hoy prosigue, quizás no con la envergadura de los 90, de manera más selectiva. La diferencia es la sutileza mayor o menor con que se lo hace.
¿Cuáles son las figuras o estrategias judiciales más utilizadas?
Hay que tener en cuenta que el sólo hecho de fustigar públicamente a quienes protestan es un ataque que prepara una futura acción judicial. Primero estigmatizan, o sea buscan instalar en la opinión pública una imagen falseada, y luego arman una causa penal.
Luego, una de las figuras que esgrimen es el de la coacción agravada, el cual es una locura porque no se puede decir que un trabajador pidiendo un aumento salarial es lo mismo que un chantajeador o un delincuente poniendo un arma en la cabeza a otra persona. O decir que es una asociación ilícita porque son un conjunto los trabajadores de un sindicato los que van a reclamar algo. El objetivo de estas medidas ilegales es intentar parar algo que ya era imparable: el reclamo justo de reivindicaciones. Pero además, el proceso es todavía más hipócrita y canallesco porque consiste en decirle a la opinión pública: “nosotros actuamos con la ley en la mano”. ¿Pero cuál es la ley que se utiliza? El Código Penal es para quien, conscientemente, comete un crimen. El pueblo, la familia, los trabajadores no cometen un crimen a la hora de salir a la calle a reclamar lo que es justo y les corresponde. Es más, el crimen lo cometen los funcionarios que no son capaces de escuchar, aceptar y canalizar los reclamos sociales.
Para que puedan darse estos equívocos legales, ¿Hay contradicciones en la Constitución Nacional o en el Código Penal?
Lo que es inconstitucional es la aplicación del Código en estos casos. Por ejemplo, la figura de asociación ilícita es un disparate. Porque en el derecho penal de todo el mundo, si una persona se junta a delinquir con otra no es un agravante, es sólo una forma. En nuestro país al invocar esta figura se busca agravar algo. El problema es que se pretende utilizar este invento contra los trabajadores porque obviamente estos siempre van a estar colectivamente. Esta práctica comienza durante el tristemente recordado gobierno de Isabelita, y desgraciadamente es una doctrina que todavía está flotando en la cabeza de muchos funcionarios judiciales que vienen desde la época de la dictadura.
La coacción agravada es otro disparate. La figura legal se basa en que uno fuerce a una persona a, por ejemplo, que pague un rescate en el caso de un secuestro. El error está en considerar esta figura en el caso de que un gremio haga un reclamo salarial y el funcionario en cuestión denuncie que lo están obligando a que pague un dinero. Esto es una vergüenza y una locura, no resiste ningún análisis. Se trata de una farsa montada para perseguir a los trabajadores.
Sabiendo que estos procesos no tienen mucho futuro desde el punto de vista legal, ¿Por qué igualmente se llevan adelante?
De parte de ellos, y aun sin consistencia legal, el mecanismo consiste en tratar de ganarlos, pero si no lo ganan buscan haber molestado y llevar desasosiego a los trabajadores enjuiciados y sus familias. Yo entiendo que forma parte de un intento de recordarles a los trabajadores y a los dirigentes sindicales que el que lucha no va a tener la cosa fácil. Sin embargo, esto es algo que de cualquier modo no van a lograr. Y no se trata de un fenómeno únicamente en nuestro país, sino mundial. Pero acá obedece a razones muy precisas, que tienen que ver con la entrega de nuestro país.
Un ejemplo de juicio sin sentido fue el que ganamos en Mendoza, y que tenía como protagonista a Raquel Blas y Roberto Macho. Este juicio se iba a ganar, no había forma de que esto pudiera prosperar más allá. Sin embargo, este proceso existió y, mientras tanto, hicieron el show, además de hacer perder el tiempo y los recursos del Estado. De todas maneras el juicio culminó con una victoria que a fin de cuentas nos fortalece.
Otra cuestión a evaluar es que los funcionarios que alegremente inician estos procesos tengan que responder con su patrimonio personal por las molestias y perjuicios que producen, cosa que estamos estudiando.
¿Existe jurisprudencia para estos casos?
Toda la jurisprudencia nos es favorable y la hemos producido nosotros. Vale resaltar que, casi en su totalidad, la jurisprudencia sobre este tema en nuestro país ha sido producida por ATE, CTA y los sindicatos que integran la Central.
¿Cómo es que juicios ya cerrados o que no tenían procesados vuelvan a reabrirse?
Por chicanas legales de bajo calibre que evidentemente no resisten ningún análisis al momento de los mismos. Las maniobras son numerosas: Causas prescriptas o sobreseidas con sentencias firmes, con fiscales rechazados por motivos legales que no pueden intervenir y que deberían haber renunciado. En la mayoría de los casos se denota la desesperación de muchos funcionarios, aun de manera absurda, de enjuiciar y amedrentar a los luchadores sociales.
¿Existe alguna relación entre los periodos de mayor judicialización con las etapas de ajuste?
Seguramente, por eso es que ahora está reapareciendo esta mecánica de apriete. Y no hay que olvidar que también son algunos comunicadores sociales, bien pagos por cierto, quienes tratan de instaurar la legitimidad de estos procesos judiciales vacios de sentido, legalidad o legitimación.
¿En qué consiste el juicio que enfrentará Julio Fuentes y otros compañeros en Neuquén?
El juicio que se pretende llevar a cabo en Neuquén contra casi una docena de compañeros es ilegal. Y lo es porque un tribunal fijó posición diciendo que los acusados eran inocentes de cualquier delito. E inclusive la apelación a ese dictamen por parte del querellante, desde el punto de vista jurídico, no tiene la menor importancia. Esto es porque el fiscal, que es quien representa los intereses del conjunto de la sociedad, dijo que no había delito. Hay un principio que es que quien es juzgado no puede ser juzgado dos veces. Esto quiere decir que, a modo de ejemplo, no se puede jugar un partido varias veces hasta que gane el que dice que tiene que ganar, que en este caso se trata del poderoso. Por estas razones, y muchas otras cuestiones legales y técnicas, va a quedar en evidencia lo ilegal del juicio. Sin embargo, el problema acá es que mientras tanto ellos buscan hostigar y desprestigiar a los representantes de los trabajadores.
¿La solución se encuentra en una modificación del Código Penal?
Con aplicar bien la ley es suficiente. Nuestra posición histórica es la de estar a favor del desprocesamiento. Y decimos desprocesamiento, y no amnistía. Porque para que quepa el término amnistía deberíamos aceptar que haya habido algún en cualquiera de los casos a los que estamos haciendo referencia. Y no lo hay. No es un delito pedir por lo que nos robaron o por un salario y trabajo digno.