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El Instituto de Estudios y Formación presentó un análisis del proyecto al que brinda un “fuerte apoyo” pero propone que se impulse un debate integral.

En el marco del debate en el Congreso del proyecto de modificación
del Impuesto a las Ganancias 4º Categoría, el Instituto de Estudios y Formación
de la CTA Autónoma, coordinado por Horacio Fernández y Daniel Godoy, e
integrado además por Claudio Lozano, Directo del Banco de la Nación, y Agustia
Haimovich, presentaron un documento que analiza la propuesta que busca elevar
el mínimo no imponible (nivel de ingresos a partir del cual se tributa) a $
150.000 (en bruto) para trabajadorxs en relación de dependencia, ajustado por
el índice RIPTE, y elevar de 6 a 8 jubilaciones mínimas la deducción especial
para jubilados y jubiladas.

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El informe brinda un "fuerte apoyo" a la
iniciativa en tanto y recuerda su orígen, en 1974, cuando se aplicó con el
objetivo Wevitar medidas de elusión de las obligaciones empresarias sobre este
impuesto". "En efecto haciendo figurar elevadas nóminas salariales correspondientes
a cargos directivos, socios, o familiares, disminuían el monto de sus ganancias
imponibles", explica.

"Resulta evidente que si actualmente, sin la
modificación, deben tributar trabajadores/as solteros a partir de $ 74.800 y
casados/as a partir $ 98.900 lejos se está de gravar esos altos ingresos
ejecutivos que eran objeto de la norma original. Así se llega que al año 2020
sobre poco más de 9 millones de trabajadores registrados más de 2 millones
trescientos mil están alcanzados por el tributo. Con la reforma en discusión
1.267.000 dejaran de tributar. De igual forma apoyamos las modificaciones que
se introdujeron en el debate en comisiones (retroactividad el 1º de Enero,
exclusión del aguinaldo, y distintas deducciones y exclusiones) que amplían el
beneficio", destaca el documento en sus conclusiones.

En tanto, agrega que "corresponde también dejar en
claro que al no ser una reforma integral, sino que solo eleva el mínimo no
imponible, no actualiza los montos que vinculan la ganancia imponible con las correspondientes
alícuotas. De forma tal que al ser alcanzado por el impuesto se “entra” por las
escalas más altas. A fin de morigerar este efecto el proyecto deja en manos del
Poder Ejecutivo disponer medidas para que aquellos que perciban ingresos entre
150.000 y 173.000 pesos no se vean tan perjudicados". "Pero
evidentemente no actualizar los montos de ganancia imponible atentan contra el
criterio de gradualidad", señala.

"No pocas veces la realidad ha mostrado que los
salarios han perdido frente a la inflación", expresa el informe que
propone "como más adecuado tomar como medida de ajuste una canasta de consumos
que se convenga". "Por ejemplo hasta el año 1998, antes de la
introducción de las famosas “tablas” que distorsionaron estos criterios el
mínimo no imponible alcanzaba a 1,8 veces el valor de la Canasta de Consumo
Familiar Promedio de los Hogares que se desprendía de la Encuesta Nacional de
Gastos de los Hogares de 1997. Actualizada a la fecha esa canasta llega a $101.502.
Si comparamos la capacidad de consumo que sostiene el mínimo no imponible propuesto
$124.500 (neto) llega a solo 1,2veces el valor de la canasta actualizada.
Creemos que adoptar este criterio permite recomponer capacidad de consumo y un
nivel de excedente a no ser alcanzado por el tributo".

"Es evidente que la reforma propuesta va poder orientar
hacia el consumo ingresos de una franja de sectores medios, pero debe también
puntualizarse que dado que el promedio salarial al 3er. Trimestre 2020 según la
EPH era de $40.587 para los registrados y $31.041 para los ocupados en general,
el impacto virtuoso sobre el consumo será reducido". "Por lo tanto
-resalta- "resulta imprescindible que en el ámbito legislativo se abra la
discusión sobre iniciativas de ampliación de ingresos para el conjunto de los
trabajadores y trabajadoras".

"El carácter progresivo de la reforma propuesta se ve
limitado por el alcance parcial de la misma. Por lo cual junto a reiterar
nuestro apoyo, creemos que se impone ineludiblemente la apertura de la
discusión de una reforma integral del inequitativo sistema tributario
argentino. Mientras tanto se deben tomar medias que disminuyan la regresividad
del mismo, en ese camino se debe mantener el Impuesto a las Grandes Fortunas
con carácter permanente hasta que se efectivice una reforma tributaria integral
y progresiva", concluye el análisis del IDEP.

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