“Durante el mes de mayo del corriente, y siendo que hasta el
presente no se ha dado a conocer el marco legal de dicho plan, sus alcances y
objetivos, y cómo se garantizarán a través del mismo los derechos de las
personas con discapacidad.
Así también, resta que se brinde información relativa al
sistema de previsión y seguridad social respecto de todas las personas que se
han visto perjudicadas con la quita de pensiones y que han perdido el derecho
de acceso a la salud.
Que, en el mes de Septiembre del corriente se crea de la
Agencia Nacional de Discapacidad por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº698/17,
no obstante las observaciones y tacha de nulidad que tal Decreto merece por no
existir la urgencia invocada para ello, y por configurar una violación al principio
de división de poderes consagrado en los art. 1 y 39 de nuestra Constitución
Nacional, la misma se encuentra reñida con los principios que establece la
Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad , aprobada por ley
26.378, y que cuenta con jerarquía constitucional conforme ley 27.044.
En virtud de lo normado por los art. 1, 33, 41, 43, y 75
inc. 22 de la Constitución Nacional donde se consagra el “Derecho al Acceso a
la Información Pública”, y lo dispuesto por la ley 27.275, por medio de la
presente venimos a solicitar formalmente la información que a continuación se
detalla:
1. Normativa
Legal y Administrativa del Plan Nacional de Discapacidad que lo sustenta y su
armonización con la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad,
La Ley Nacional de Salud Mental 26.657,
las reformas introducidas por el Código Civil y Comercial y las Observaciones del Comité sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad de la ONU.
2. Autoridad de
Aplicación del Plan, organismos que establece y sus funciones.
3. Presupuesto
proyectado total para su ejecución.
4. Forma de
implementación en las diferentes provincias.
5. Beneficios
que garantizará el Plan Nacional.
6. Medidas de
Apoyo que prevé para la inclusión en áreas como educación, salud y la inclusión
laboral en el ámbito público, privado y apoyo para la creación de cooperativas
sociales.
7. Condiciones
y garantías que otorgará a los fines del cumplimiento del cupo del 4% previsto
en la Ley 25.689.
8. Medidas de
Apoyo que prevé para la inclusión mediante educación común, integración con las
escuelas llamadas especiales y su adecuación respecto a la Convención de los
derechos de las personas con discapacidad. Accesibilidad para el ingreso a
Institutos terciarios y universidades.
9. Medidas
para generar el derecho igualitario en
salud, el acceso irrestricto de prótesis, órtesis y todas las ayudas
técnicas que garanticen la autonomía de las personas con discapacidad.
10. Las medidas a
implementar para garantizar la accesibilidad en el transporte de corta, media y
larga distancia. Para la movilidad segura en las grandes urbes y en los lugares
más distantes del país.
11. Compatibilidad
con los beneficios otorgados por el Sistema de Previsión y de la Seguridad
Social.
12. De cuenta de cómo
se están restableciendo las pensiones y jubilaciones derivadas que han sido quitadas/ rechazadas de manera
arbitraria durante los últimos 16 meses.
13. Respecto de la Agencia Nacional de
Discapacidad (dto. 689/17) se solicita informe sobre las siguientes cuestiones:
1) Motivos y Fundamentos de la inclusión en el ámbito de la misma a la Comisión
Nacional de Pensiones Asistenciales; 2) Criterio utilizado para incluir el
otorgamiento de las Pensiones Asistenciales dentro las funciones de la Agencia
mencionada. 3) Explique por qué no se consulto a las organizaciones de personas
con discapacidad – previo a la creación de la Agencia- tal como lo establece la
Convención (cfr. art. 4 pto. 3); 4) Explique por qué no se dio cumplimiento al
art. 35 de la Convención, dado que no se encuentra contemplada en las
facultades de la Agencia la elaboración del informe al Comité sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad; 5) Atento a que no se pone fecha de
inicio para el funcionamiento de la Agencia y se disuelven ipso facto la
CONADIS y la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales, cuál será el impacto
en los expedientes que se encuentran tramitando en ambos organismos, y dónde
tramitaran los mismos transitoriamente; 6) Informe las funciones actuales de
las delegaciones provinciales y municipales de la Comisión de Pensiones
Asistenciales, e indique lugares de
tramitación de nuevas pensiones y recursos; 8) Indique partidas
involucradas en el Presupuesto 2018 para el funcionamiento de la Agencia; 9) En
virtud de las políticas de transparencia justifique la falta de llamado a
concurso para el cargo de Director de la Agencia; 10) Informe si esta agencia
cumplirá con el cupo del %4 dentro de sus trabajadores.