ATE

En un nuevo paso hacia la libertad y democracia sindical, por resolución judicial delegada municipal debe ser restituida a su lugar de trabajo.

 El pasado 30 de mayo el Juzgado
Laboral N° 2 a cargo de la doctora Nora Garín, ordenó la restitución al cargo
que ocupaba una compañera trabajadora municipal quien fuera removida de su
habitual lugar de trabajo y con un salario menor, De esta manera la Justicia
nuevamente dio la razón a esta ATE y obliga a las autoridades municipales a cumplir
con la Ley 23551 de Asociaciones Sindicales. Así la compañera debe ser
restituida en las mismas condiciones de labor que cumplía hasta el pasado 9 de
noviembre del 2014, todo ello bajo apercibimiento de ley. Esta determinación es
sin lugar a dudas un nuevo paso firme hacia la libertad y democracia sindical.

Esta fue una intensa acción que se siguió
desde ATE respecto a la presentación de la demanda de amparo de la Tutela
Sindical interpuesta contra el Municipio  de Concepción del Uruguay por la
determinación del cambio de tareas y modalidad de una delegada sindical con
merma salarial representando una manifiesta violación al reconocimiento de
delegada sindical de nuestra organización.

La resolución expresa: “Atento a que este
tipo de medidas y trámites están expresamente contemplados en el artículo 47 de
la ley 23551, que reza, " Todo trabajador o asociación sindical que fuere
impedido u obstaculizado en el ejercicio regular de los derechos de la libertad
sindical garantizados por la presente ley, podrá recabar el amparo de estos
derechos ante el tribunal judicial competente, conforme al procedimiento
sumarísimo establecido en el Art. 498 del Código de Procedimientos Civil y
Comercial de la Nación o equivalente de los códigos procesales civiles
provinciales, a fin de que éste disponga, si correspondiere, el cese inmediato
del comportamiento antisindical".

Con toda la documentación obrante por
cambios de ámbito laboral, horario, sistema de trabajo acciones que
significaron un serio perjuicio económico y personal por decisiones que no
tuvieron la fundamentación correspondiente; amenazas de sumarios y descuento de
haberes y tras la solicitud de que el Municipio deje sin efecto la medida
debiendo mencionar que la comuna no concurrió a la audiencia solicitada ante la
Dirección de Trabajo, el dictamen fue firme y concreto, en el plazo de dos días
la compañera trabajadora debe ser restituida con carácter cautelar al cargo que
ocupaba con las mismas condiciones en las que se encontraba hasta el 9 de
noviembre de 2014.

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