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La muerte de Néstor Femenía, un niño de 7 años miembro de la comunidad Qom en Chaco, deja nuevamente a luz las profundas falencias del Estado provincial y nacional en materia de protección y asistencia a los sectores más desprotegidos

Luego de
estar internado cuarenta días debido a un severo cuadro de desnutrición y
tuberculosis, Néstor fue víctima de un conjunto de factores, pero
principalmente una política concreta sanitaria, de la que carece desde hace
década la provincia de Chaco.

Conocida la noticia, desde el Centro Mandela -organismo
que realiza investigaciones sobre las problemáticas provinciales-, denunciaron
que en el Impenetrable chaqueño enfermedades como la tuberculosis, el Mal de
Chagas y la desnutrición son “endémicas y duras”.

Desde esta institución, que lleva varios años
alertando sobre la crítica situación sanitaria en Chaco, señalaron que el Estado
provincial no tiene capacidad de “planificar correctamente, porque parte de
datos estadísticos insuficientes y erróneos”.

Según datos oficiales, Chaco está tercera entre
las provincias con mayores tasas de muertes a causa de tuberculosis, sólo
superada por Jujuy y Formosa. La confirmación de la crítica situación se
desprende del último informe de “Indicadores Básicos”, publicado por el
Ministerio de Salud de la Nación, en asociación con la Organización
Panamericana de la Salud (OPS) y la Organización Mundial de la Salud (OMS).

El documento, fechado a finales de 2014, recoge
las últimas cifras disponibles de 2012 sobre mortalidad por tuberculosis. En
ese año, 44 personas murieron en el Chaco a causa de la enfermedad, lo que
representa una tasa de mortalidad de 4,17 por cada 100 mil habitantes, casi
cuatro veces superior a la media nacional ubicada en 1,35.

En una carta de lectores publicada el 11 de
enero en el Diario Norte, el juez de Minoridad en Catamarca e integrante de la
Asociación de Pensamiento Penal, Rodrigo Morabito, remarcó que la muerte de
Femenía “resulta inaceptable desde el punto de vista estatal en el siglo XXI”.

Al referirse a la explicación oficial de que el
caso del pequeño fallecido era un hecho aislado, Morabito señaló que esa
argumentación no puede “esbozarse para justificar la muerte de ninguna persona
y, menos aún, de un niño que por su condición en vida ostentaba múltiples
vulnerabilidades”.

El juez de Minoridad sentenció que “Néstor era
vulnerable por ser niño, pobre, encontrarse en un estado de salud físico
absolutamente deteriorado, por su pertenencia a una comunidad indígena,
ancestral u originaria, y, sin embargo, a pesar de todo ello, murió de la peor
manera, ‘aislado’, ‘olvidado’”.


Otros casos

Desde el fallecimiento de Femenía, en Chaco
se dieron una seguidilla de muertes, todas relacionadas a la crisis sanitaria
de la provincia, algo que no es nuevo y que se arrastra desde hace décadas.

El Centro Mandela informó que este mes se
produjo el fallecimiento “altamente evitable y prematuro” de la beba toba
Natalia Gómez, de tres meses y medio de vida, por problemas respiratorios.
Desde esta institución revelaron que en la casa donde vivía Natalia con sus
padres “ni siquiera tenían un ventilador” y sobrevivían “en extrema pobreza”.

El 10 de enero, Carlos Cáceres, un chico de 16
años,
  falleció por
tuberculosis. La madre del muchacho, Viviana Gauna, denunció que “primero lo
llevé a la sala del barrio toba y me dicen que él no tenía nada y de ahí lo
llevo al hospital de Fontana y de allí me mandaron a hacer análisis y placas y
me volvieron a decir que no tenía nada”.

El padre del joven, Carlos Ramón Cáceres,
manifestó que “somos discriminados porque somos aborígenes, como si fuera que
no somos seres humanos. Cuando falleció nos enteramos de lo que tenía él”.

Violar el
derecho internacional

En la Convención sobre los Derechos del Niño  de Unicef, en su artículo 23.1, se establece
claramente que “los Estados Partes reconocen que el niño mental o físicamente
impedido deberá disfrutar de una vida plena y decente en condiciones que
aseguren su dignidad, le permitan llegar a bastarse a sí mismo y faciliten la
participación activa del niño en la comunidad”.

En el apartado 2 del mismo artículo expresa que
“los Estados Partes reconocen el derecho del niño impedido a recibir cuidados
especiales y alentarán y asegurarán, con sujeción a los recursos disponibles,
la prestación al niño que reúna las condiciones requeridas y a los responsables
de su cuidado de la asistencia que se solicite y que sea adecuada al estado del
niño y a las circunstancias de sus padres o de otras personas que cuiden de
él”.

La Convención deja en claro que la atención a
los menores debe ser gratuita y destinada “a asegurar que el niño impedido
tenga un acceso efectivo a la educación, la capacitación, los servicios
sanitarios, los servicios de rehabilitación, la preparación para el empleo y
las oportunidades de esparcimiento y reciba tales servicios con el objeto de
que el niño logre la integración social y el desarrollo individual, incluido su
desarrollo cultural y espiritual, en la máxima medida posible”.

La crítica situación en Chaco no es nueva y los
principales afectados son las niñas y los niños más desprotegidos de la
provincia. Hasta ahora, los sucesivos gobiernos provinciales y nacionales no
dieron una respuesta real y concreta a esta situación. La extrema pobreza que
atraviesa Chaco, sumado al desplazamiento permanente de las comunidades
originarias, no son hechos “aislados” sino una consecuencia de políticas que no
contemplan a los sectores más desprotegidos.

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