Tras la aprobación de la Ley de paridad en la Legislatura de
Santa Cruz la Secretaria General de la CTA Autónoma y Vocal por las y los
trabajadores por la Caja de Previsión Social Olga Reinoso celebró un nuevo
avance de “una lucha histórica por parte del Movimiento de Mujeres en todo el
país”.
La modificación del artículo 9° la Ley 2052, con las
modificaciones introducidas por la ley N° 2302 y la sustitución de la ley N°
3415, finalmente tuvo eco en la Cámara de Diputados de Santa Cruz y la
Secretaria General de la CTA Autónoma y militante feminista celebró recordando
“que venimos militando hacia dentro del movimiento de mujeres para que
institucionales el 50 y 50”.
En este sentido
recalcó que si bien hay un avance de las mujeres en los espacios de poder y de
debate, “en la sociedad no está naturalizado que tengamos los mismos derechos
que los compañeros. Por lo cual el cupo femenino del 50 % es una pelea que
nosotros venimos desarrollando hace mucho tiempo”.
Asimismo remarco que
esto “viene acompañado de un montón de reivindicaciones hacia las compañeras de
poder estar en espacios de debates, no solo en la cuestión salarial, los
Convenios Colectivo de Trabajo, las clausulas con perspectiva de género, etc.;
sino como avanzamos como sociedad, despatriarcarizando el Estado y avanzando en
derechos”.
“Nuestra organización sindical como la CTA-A viene dando el
debate” recalcó, en tanto “somos tres compañeras encabezando la lista de esta
conducción, lo que evidencia que estamos a la altura de las circunstancias,
entendemos la igualdad pero también lo materializamos y lo institucionalizamos
para que siempre haya una perspectiva de género en cualquier debate”.
La iniciativa
promulgada en el Parlamento impone que desde la publicación de la Convocatoria
y hasta cincuenta (50) días antes del Acto Eleccionario, los “SUB-LEMAS”
registrarán ante el Tribunal Electoral Permanente, la lista de candidatos/as
públicamente proclamados, quienes deberán reunir las condiciones propias del
cargo para el que se los postula y no estar comprendidos dentro de las inhabilidades
legales”.
Asimismo las listas
de candidatxs que se presenten para elecciones provinciales y municipales correspondientes
a localidades que no hubieran sancionado Carta Orgánica- deberán estar
compuestas en un mínimo del 50 % de personas del género femenino de los
candidatos a los cargos a elegir y en proporciones con posibilidades de
resultar electas.