En tal sentido, el Juzgado Nacional de 1° Instancia del Trabajo N° 46 exigió la reinstalación de la compañera y el pago de los salarios adeudados; en los términos que siguen: “… hacer lugar al pedido de medida cautelar co arreglo a lo dispuesto en el art.
Asimismo, en el día de la fecha 18.07.2013 se procedió a dar cumplimiento con la medida cautelar dictada, suscribiendo un Acta firmada por el Dr. Juan Carlos Pérez Colman, Director General de
Prensa ATE 19-07-2013





