El miércoles 12 de febrero ATE Mendoza firmó un acuerdo paritario en la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia que protege los derechos de los trabajadores Técnicos en Rayos X y Licenciados en Bioimágenes, frente a la derogación de la Ley 4.966, que efectuó el Gobierno mendocino a través del Artículo 5 de la Ley 9.543, atentando contra las condiciones laborales y salariales de los trabajadores de esta facción del Régimen 15 del sector de la Salud.
Vale destacar que este acuerdo contempla a los Técnicos en Rayos X y Licenciados en Bioimágenes de Planta Permanente que cumplen tareas laborales en sectores críticos, expuestos a rayos ionizantes, como en salas de rayos x, radioterapia, radiumterapia y cobalto, y en los distintos efectores sanitarios provinciales.
El personal que revista una antigüedad de 24 años tiene un plazo de un año para realizar la incorporación a la nueva modalidad a partir del 1° de enero de 2025. Por otro lado, el personal que registre una antigüedad de más de 25 años, tendrá un plazo de dos años a partir de la fecha indicada. Una vez vencidos estos plazos señalados, la incorporación a la nueva modalidad operará en pleno derecho.
Cuando los trabajadores finalmente se incorporen, van a revestir en el Régimen 15; van a cumplir una carga horaria semanal de 30 horas; y se les abonará el adicional de mayor horario correspondiente al personal de la sanidad. Los Técnicos en Rayos X y Licenciados en Bioimágenes gozarán de una licencia especial de 10 días que se otorgará desde el mes de enero a diciembre del año en curso. La misma no será acumulable.
También se mantendrá la Licencia Anual Reglamentaria (LAR) de 30 días, que los trabajadores destinan a su descanso vacacional. Fuera del trabajo habitual y normal que realizan en el Estado Provincial, los trabajadores podrán realizar otras tareas laborales de la misma índole, tanto en el sector privado o como particulares.
Con relación al personal que ingrese a trabajar para el Estado a partir del 1° de enero de 2025, cumplirán con una jornada laboral que no podrá exceder las 40 horas semanales, y percibirán el adicional mayor horario, dentro de los mismos términos que contempla el Régimen 15.
Los trabajadores deberán realizar un control anual de revisión radiológica ocupacional, con estudios clínicos, hematológicos y oftalmológicos, cuyos resultados se incorporarán al legajo personal de cada agente estatal.
Además, se llevará adelante un registro que consigne la cantidad de radiación ionizante absorbida y el personal será provisto de los elementos de radioprotección personal y ambiental necesarios: dosímetro personal, delantales plomados, guantes plomados hasta el codo, cuellos tiroideos plomados, gafas plomadas, biombos plomados, vidrios plomados y blindaje.






