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ATE

El acuerdo implica que, una vez puesta en vigencia, cada trabajador estatal tendrá una categoría por cada tres años de antigüedad.

El pasado lunes, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) La Pampa firmó el acuerdo de conformidad con la recategorización por antigüedad para todos los estatales de las diferentes leyes, Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) y Decretos especiales de la Provincia. Además se dio conformidad a la modificación al proyecto de ley de Licencias Oncológicas.

La Secretaria General de ATE La Pampa, Roxana Rechimont, refrendó el pasado lunes el Acuerdo Paritario por el cual se pone en vigencia a través de un Proyecto de Ley que les reconoce a todos los trabajadores estatales la recategorización por antigüedad.

El acuerdo implica que, una vez puesta en vigencia, cada trabajador estatal tendrá una categoría por cada tres años de antigüedad. De esta manera, fuera en el 2015, todos los trabajadores podrán ascender hasta alcanzar el techo de la Categoría 7 en las ramas servicios generales y administrativa, para las carreras profesionales (Ley 1.279) su techo es la Categoría 4 y se computará cada cuatro años una categoría. En la rama administrativa hospitalaria, técnica y enfermería su techo es la Categoría 6 y se computará cada tres años una categoría. En la rama servicios generales y mantenimiento el techo será la Categoría 8, computándose cada tres años una categoría. Esta misma recategorización se aplicará para la Ley 3.488.

Para quienes pertenecen a la Ley 2.871 se les aplicará la recategorización acorde a la jurisdicción que correspondan: Salud Publica, Administración Publica, Decretos Especiales.

Es importante destacar que, luego de los debates y aportes de los representantes gremiales en la comisión a referéndum de la Paritaria General, y con la voluntad del Gobernador de la Provincia, se pone en vigencia este artículo de la Ley 643, derogado por la Naturaleza Jurídica de Facto (NJF) y se amplía en esta ocasión a los agentes encuadrados en los CCT como son los de la Administración Provincial de Energía (APE), Judiciales y Decreto 1.821/82 Canal 3.

También, la misma invita a todas las municipalidades de la provincia a adherir a las disposiciones de la presente Ley.

Modificación del proyecto de ley de Licencias Oncológicas

Como último punto de Acuerdo, se dio conformidad al Proyecto de Ley de Licencias Oncológicas presentado por la mesa intersindical, cuya redacción será: “Incorpórese al artículo 127 de la Ley 643 el Inciso e), que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 127: las licencias por enfermedad serán acordadas por el Servicio Médico Oficial, por los motivos y conforme a las modalidades siguientes: e) licencia especial oncopediátrica con goce de haberes a todo agente que sea progenitor, representante legal o tenga a cargo a personas comprendidas en el Artículo 1º de la Ley Nº27.674. La misma se extenderá hasta un plazo máximo de doscientos días a utilizar de manera conjunta o alternada por los agentes dentro del período de tratamiento activo, debidamente acreditado”.

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