Todas las autoridades elegidas en la Central, encabezados
por Ricardo Peidro como Secretario General y Claudia Baigorria y Hugo Godoy
como adjuntos, se encuentran en pleno y legal ejercicio de sus cargos.
La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
rechazó el recurso interpuesto por el Ministerio de Producción y Trabajo (art.
62 de Ley sindical) contra la sentencia interlocutoria que suspendió la
disposición que declarara la ineficacia de jurídica de las elecciones de
autoridades del 8 de agosto del 2018.
Por lo tanto, las únicas autoridades reconocidas por la
Justicia en forma provisoria son las que eligieron como Secretario General a
Ricardo Peidro, y se espera que la Secretaría de Trabajo se expida respecto a
la solicitud de certificación de autoridades.
En Agosto de 2018, el Ministerio de Trabajo, a través de la
Directora de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, dispuso “la
ineficacia jurídica” de la reunión de la Comisión Ejecutiva Nacional de la CTA
A que resolvió la convocatoria a elecciones para el día 08/08/2018 y, por ende,
de todos los actos que se derivaron de la misma, incluido el proceso y acto
electoral realizado en dicha fecha.
Ante esto, desde aquella fecha, tanto en diciembre de 2018,
enero de 2019 y el día lunes 11 pasado la Justicia rechazó la disposición
emanada por el entonces del expediente cuya carátula es “CENTRAL DE LOS
TRABAJADORES ARGENTINOS AUTÓNOMA c/M.T.E. y S.S. s/Ley de Asoc. Sindicales”.


