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La Cámara de Diputados sancionó la ley que lleva a 180 días la licencia que beneficiará a las empleadas públicas de los tres poderes santafesinos. También, contempla que la licencia para el padre es de 8 días corridos.

La iniciativa establece que “los agentes dependientes
del Estado provincial en sus tres poderes, Ejecutivo, Legislativo y Judicial,
gozarán de licencia por maternidad de 180 días corridos”.
Y además,
licencia por nacimiento de hijo para el padre, de ocho días corridos. También
figura en la norma una licencia por nacimiento de hijo muerto o fallecido de 30
días corridos “a
partir de la fecha de parto, para la madre, circunstancia que deberá
acreditarse mediante certificado médico con expresión de fecha y causa
determinante”.

En tanto, se plantea una “licencia para el agente
que acredite haber recibido la tenencia de un niño con fines de adopción, de
180 días corridos, que se ampliará en 30 días corridos por la tenencia con
fines de adopción de más de un niño”. Asimismo, señala que “serán de aplicación lo
dispuesto por todo Estatuto, Régimen Especial o Convenio Colectivo de Trabajo
que rija la actividad laboral de los agentes públicos que contemple un número
mayor de días por las causales mencionadas en la presente ley”.

Incluso, para no dar lugar a malas interpretaciones,
en la media sanción se pide que “los agentes públicos que a la fecha de entrada en vigencia de la
presente ley estuvieren contemplados en cualquiera de los casos mencionados, gozarán
de los beneficios de la misma, pudiéndose extender el plazo por los días que
restaren hasta completar el período establecido en la norma”.

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