Orellano y
los demás trabajadores fueron despedidos del Correo por ejercer su derecho a
realizar asambleas y a la libertad y democracia sindical eligiendo un nuevo sindicato
en el cual organizarse, en este caso, ATE. Muchos de ellos fueron reincorporados
en diferentes dictámenes judiciales, en primera y segunda instancia, por lo cual
la Justicia alegó para su reincorporación que fue discriminatorio. La patronal
apeló los dictámenes y se llegó a esta instancia, que la Corte se refiere, que
es el derecho a la huelga, cuestión que no estaba referida en los dictámenes
judiciales y no debería afectar ni modificar la reincorporación de los trabajadores.
La causa vuelve a esa instancia y será analizada.
“En la
audiencia pública tanto de ATE como desde la CTA hemos reivindicado el derecho
natural del colectivo de trabajadores a definir medidas de fuerzas independientemente
del reconocimiento o no de la organización que los contuviera dado que la
huelga es previa a la organización sindical, es más, la huelga originó el derecho
a la organización sindical”, explicó Godoy.
En ese
marco, señaló que “la Corte no atendió este criterio y se quedó a mitad de
camino: avanzó por sobre la legislación vigente que ya la propia Corte había cuestionado
en cuatro dictámenes como anticonstitucionales al reconocer solamente el
derecho a convocar a medidas de fuerza y
a la representación colectiva a las organizaciones con personería gremial
otorgado por el Ministerio de Trabajo”.
“La Corte
avanza en ese criterio y reconoce el derecho de los trabajadores organizados en
organizaciones simplemente inscriptas, o sea, sin personería gremial, pero no
avanza sobre el reconocimiento del colectivo de los trabajadores como
poseedores de este derecho e insiste en el criterio que es el Estado el que
reconoce a las organizaciones”, agregó.
Además, “Cachorro”
Godoy explicó que “en el ámbito estatal, dada la pluralidad sindical reconocida
de hecho, no va a producir modificaciones, al contrario, va a reforzar la
representación de aquellas organizaciones sindicales que no tienen la
personería gremial pero si tienen la inscripción gremial. En el ámbito del
sector privado, donde rige el unicato, en aquellas fabricas u organismos donde
se hayan desarrollado organizaciones que sean reconocidas con simple inscripción
gremial como por ejemplo el Sindicato de Prensa de la Provincia de Buenos Aires,
significa sin ninguna duda un respaldo, cuyo reconocimiento implica equipararlos
a la misma condición de los gremios con personería gremial”.
“Expresamos
nuestra preocupación para que la vuelta de la causa a la Cámara no afecte los dictámenes
de reincorporación de los trabajadores que ya ha sido establecido, por eso
alertamos sobre este riesgo. Y aspiramos a que la Corte avance con más decisión
en la habilitación a los derechos de la libertad y democracia sindical que
hubiera sido el reconocimiento natural al colectivo de los trabajadores a
ejercer el derecho de huelga”, concluyó.


