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El juez Julio Armando Grisolas dictó una medida cautelar a favor de una empleada de la Superintendencia del Seguro. La mujer era contratada y el magistrado dijo que era un “faude laboral” del que ella fue víctima.

La Justicia
ordenó al Ministerio de Hacienda que reincorpore a una trabajadora que fue
echada con los despidos masivos en el Estado. El juez Julio Armando Grisolia
dictó una medida cautelar en la que señaló que el derecho a trabajar está
protegido por la Constitución Nacional y por normas internacionales. Es un
derecho que “no se agota en la libertad de trabajar, (sino que) supone también
el derecho a (tener) un puesto de trabajo”, puntualizó. Sobre que la
trabajadora haya sido una contratada –es decir, que no integraba la planta
permanente del estado– el juez señaló que se trata de un fraude laboral, del
que ella fue víctima. Así, consideró a su despido como “una conducta
infrahumana y abusiva”.

La cautelar
fue solicitada los abogados de ATE-Capital y es la primera resolución judicial
sobre la aplicación del decreto 254/15 del presidente Macri, con el que
instruyó a sus ministros y secretarios a “revisar” todos los contratos de los
trabajadores públicos realizados durante los últimos tres años del gobierno
anterior. Por esto, sienta un antecedente para el conjunto de los 11 mil
despedidos.

En su
escrito el juez Grisolia planteó un segundo argumento, el de que el despido
también afectó “otro principio de rango superior: el derecho a la no
conculcación del proyecto de vida, que ha sido reconocido por la Corte Suprema
de Justicia de la Nación en diversas ocasiones”.

En este
sentido, señaló que el Estado debió “evitar conductas o decisiones” que dañaran
“innecesariamente” las “expectativas de desarrollo personal y profesional” de
la demandante.

Johana
Elizabeth Lezcano se presentará así a trabajar mañana en su puesto de la
Superintendencia del Seguro. “Ella entró con un contrato de una facultad,
facturando como monotributista”, contó a Página/12 Pablo Guevara, delegado de
ATE en el organismo. “Después de una serie de gestiones, logramos que en el año
2014 fuera pasada a un contrato de ley marco, que es una relación de
dependencia pero sin estabilidad. Con el decreto 254, las nuevas autoridades de
la Superintendencia, encabezadas por su titular Edgardo Podjarny, decidieron
que acá había mucha gente y áreas que no les interesaban. Despidieron a 74
personas”.

Lezcano
trabajaba en una de esas áreas, “la de orientación al asegurado, destinada a
defender a los consumidores de los abusos de la compañías de seguros: personas
a las que venden seguros por teléfono y no se dan cuenta, y después se lo
debitan, cláusula abusivas, excusas para cumplir con una cobertura… fue una
área que se desmanteló”, continuó Guevara. “La despidieron cuando se venció el
plazo de revisión de los contratos, el 31 de marzo, Primero se lo comunicaron
verbalmente, en la puerta de ingreso, y a los días le llegó el telegrama”.

Para el
titular de ATE Capital, Daniel Catalano, el fallo “ratifica todos los argumentos
que desde nuestro gremio venimos sosteniendo”. El sindicato apuesta a que
sirva, más que para judicializar de manera masiva los despidos, para impulsar
la apertura de una mesa de negociación sobre los más de 11 mil despidos
registrados en el estado nacional.

Los
dirigentes tienen el lunes una audiencia con el ministro de Modernización,
Andrés Ibarra, en la que van a plantear el tema en estos términos.

“Tenemos
muchos compañeros que quedaron en la calle y pueden dar fe de su trabajo. Es
muy injusto que los hayan echado por tener una afinidad política, porque se
descubrió que tenían una vida política”, dijo Catalano; “tenemos la esperanza
de poner negociar para que sean reincorporados. Y si no, seguiremos con medidas
de fuerza. No vamos a abandonar a los compañeros que siguen con la expectativa
de volver a trabajar”.

Un dato no
menor de la resolución que dictó del juez es que la despedida es delegada de
ATE, por lo que tenía fueros gremiales, pero el fallo no lo tomó en cuenta al
argumentar. Su reincorporación es un derecho que le asiste por el sólo hecho de
ser trabajadora.

“El derecho
al trabajo es una de las bases sobre las que se asienta jurídicamente nuestra
sociedad democrática”, remarcó el juez, “e incluye -entre otros- el derecho al
reconocimiento de la formación profesional y la seguridad e higiene en el
trabajo, constituyendo así la estructura de las relaciones laborales desde el
punto de vista constitucional. Se trata de un derecho dinámico, que comprende
no sólo el reconocimiento formal de derechos, sino también su realización
efectiva. Así, el derecho al trabajo no se agota en la libertad de trabajar,
supone también el derecho a un puesto de trabajo y como tal presenta un doble
aspecto: individual y colectivo, ambos reconocidos constitucionalmente”.

En otro
tramo, el magistrado se refiere a los contratos como mecanismo de fraude
laboral. “A la peticionante le costó pasar a pertenecer a la planta permanente
del Estado, dado que la anterior administración la hizo blanco de fraude, al
hacerla ingresar bajo una figura no laboral, y la actual decidió desprenderse
de ella por decreto”, señaló. Aludiendo a la persecución ideológica como motivo
del despido, agregó después: “Este ser humano no puede ser víctima ni botín de
guerra de nadie, por lo que se impone el cese de la conducta infrahumana y
abusiva”.

La cautelar
fue pedida por el abogado Lucas Arakaki, del equipo de ATE Capital, y está en
línea con otra serie de iniciativas que llevan adelante los asesores jurídicos
del sindicato. Entre ella están una presentación ante la Organización
Internacional del Trabajo y al redacción de un proyecto de ley en favor de la
reincorporación de todos los despedidos, que fue ingresado a Diputados. En
ellas señalan que con los despidos masivos, el gobierno nacional ha violado la
Constitución Nacional e instrumentos internacionales con jerarquía
constitucional, que coinciden en fijar “la obligación del Estado Argentino de
promover políticas activas de empleo”, con “el consecuente derecho subjetivo de
todo ciudadano que quiera habitar el suelo argentino de obtener un trabajo
decente”.

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