En la mañana
lluviosa del 5 de agosto de 2015 los
trabajadores del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) llevaron a
cabo una movilización sobre la Av. General Paz que divide la Ciudad de Buenos
Aires con Provincia. El legítimo reclamo era por el pase a planta de cerca de 2
mil precarizados (que representaba el 70 por ciento del plantel) y un
incremento salarial que finalmente se alcanzó, logrando un 40 por ciento de
aumento.
Aquel día la
Policía Federal apaleó y arrojó gas
pimienta a los manifestantes. Incluso, en
medio de la brutal represión dos militantes fueron subidos a un auto de la fuerza
federal sin orden judicial, donde fueron amenazados y golpeados, en un
claro acto violatorio de las garantías constitucionales.
A un año de aquella
jornada, este 2 de agosto el entonces
Delegado General de la Junta Interna del INTI y hoy integrante del CDN de ATE,
Francisco Dolmann deberá comparecer – al igual que ocho años atrás (ver recuadro abajo)- ante la Justicia.
“La calle es el lugar legítimo para expresar nuestros reclamos”, afirmó el dirigente
nacional.
La herramienta punitiva que las autoridades judiciales
suelen utilizar en estos casos es el
artículo 194 del Código Penal, el cual establece que "será reprimido
con prisión de tres meses a dos años" el que "impidiere, estorbare o
entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o
aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de
electricidad o de sustancias energéticas". A su vez, otro de los
instrumentos judiciales es el artículo
78 del Código Contravencional, que castiga a “quien impide u obstaculice la
circulación de vehículos por la vía pública o espacios públicos”. Sin embargo, la
ley exceptúa de penas a quienes lo hagan “en ejercicio regular de los derechos
constitucionales”, tal como se desprende de este caso.
“El artículo
194 ya fue declarado inaplicable en abundante jurisprudencia de todo el país.
Incluso a partir de acciones judiciales que hemos iniciado desde ATE y CTA,
donde la justicia ha fallado a nuestro favor”, detalló Juan Carlos Capurro, el abogado de la defensa.
En resumen, Francisco Dolmann y los trabajadores del
INTI no hicieron más que ejercer el derecho a la protesta, contemplado en la
Constitución Nacional como forma de libertad de expresión (art. 14 y 32) y en varios tratados internacionales, como
la Declaración Universal de Derechos Humanos, que reconocen la libertad de
pensamiento, de conciencia y de religión (art. 18), la libertad de opinión y de
expresión (art. 19) y la libertad de reunión y asociación pacífica (art. 20). Incluso
es extensa la jurisprudencia a favor de
los luchadores y militantes sociales. Un ejemplo de ello fue cuando allá
por 2008 la Justicia absolvió a 10 delegados de ATE –también del INTI- en una
causa similar.
Una historia que se repite para los
trabajadores del INTI
En octubre de 2008 la justicia
porteña absolvió a diez delegados de ATE en el Instituto –entre ellos también Francisco
Domann- que eran
juzgados por cortar en 2007 la colectora de Av. General Paz para reclamar un
nuevo Convenio Colectivo de Trabajo.
En aquella
ocasión cientos de trabajadores se congregaron a las puertas del juzgado para
respaldar a los compañeros y luego celebrar la resolución. “Quisieron meternos miedo,
pero esto es un triunfo”, había aseverado Dolmann a la salida del tribunal.
Al día
siguiente, el diario La Nación publicó una nota titulada “Gremialistas sin castigo por cortar calles”, donde el conservador matutino
hacía propia la indignación al detallar que “a la salida del tribunal,
festejaron impidiendo el paso”.
Esa maldita costumbre de judicializar
la protesta social
“El intento de judicializar la
protesta por parte de las patronales y el Estado no es algo nuevo”, resaltó Capurro.
“A la desaparición, tortura y muerte,
la última dictadura cívico-militar sistematizó la judicialización de los
luchadores y militantes sociales. Sin embargo, esta forma de represión por vía
institucional se consolidó bajo el gobierno de Menem, donde resurgió una política
profundamente anti obrera. Allí es donde se instala duramente el tema de la
criminalización y judicialización de la protesta”, explicó el abogado de ATE y
CTA, quien agregó: “Incluso, durante su presidencia Menem lanzó una solicitada con
su firma dando instrucciones a todos los fiscales del país para que inicien
proceso penal contra quienes manifiesten o reclamen. Y el resultado fue que
muchos jueces y fiscales actuaron de manera obediente y obsecuente”.
“Hay que
recordar que en aquel momento tuvimos a Cultral Có como caso testigo, donde ATE
tuvo participación directa junto a la CTA. Desde entonces iniciamos una campaña
nacional e internacional en contra de la judicialización de la protesta social.
En eso, hay que decirlo, fuimos los pioneros”, recordó Capurro.
El
representante legal de ATE y CTA –y de Francisco Dolmann en esta causa-
resaltó: “Este fenómeno, profundizado en
los 90´, continuó durante los gobiernos De la Rúa, Duhalde, Néstor Kirchner y
Cristina Fernández. Y en el día de hoy prosigue”.


