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La Corte Suprema de Justicia de la Nación -o esta mínima expresión de ella conformada por solo tres jueces- finalmente emitió su fallo y, sobre todo, expuso su opinión sobre la titularidad del derecho de huelga. El caso en sí fue una excusa para expresarse sobre el tema, tanto así que ni siquiera resolvió la situación de Orellano, ni mencionó si se trató o no de un despido discriminatorio.

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