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ATE

El Senado también estableció un protocolo de protección. Ambos proyectos se gestionaron en articulación con el Gobierno nacional.

El Senado convirtió en la ley los proyectos que eximen de
pagar Ganancias a trabajadorxs de la salud y el protocolo de protección para
personal de salud, impulsados por ATE y la CTAA

En el marco de la gestión articulada entre ATE, la CTAA y
gobierno nacional, el Senado de la Nación sancionó por unanimidad las leyes que
eximen del pago del impuesto a las Ganancias a los adicionales que perciben
trabajadorxs de la salud, y se estableció un protocolo de protección para el
personal sanitario.

Las normas fueron aprobadas con 71 votos a favor y se
convirtieron en las primeras leyes sancionadas en una sesión remota en la
historia del Senado. De este modo, se exime del Impuesto a las Ganancias a
trabajadorxs de la salud y de seguridad, entre otros, que combaten la pandemia
de coronavirus y se computará sobre las horas extras y las guardias. El
beneficio regirá hasta el 30 de septiembre y se podrá prorrogar mientras dure
la emergencia sanitaria.

Los beneficiarios serán profesionales, técnicos, auxiliares
(incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de
los sistemas de salud pública y privada, así como el personal de las Fuerzas
Armadas, las Fuerzas de Seguridad, la actividad migratoria y la actividad
aduanera.

También fueron incluidos en la norma los recolectores de
residuos domiciliarios y de residuos patogénicos y los bomberos.

La exención del impuesto a las Ganancias se computará a las
remuneraciones de guardias obligatorias, horas extras y otros adicionales
liquidados en el marco de la emergencia sanitaria provocada por el Covid-19.

La nueva ley dispone otorgar una pensión graciable y
vitalicia a los familiares de los empleados fallecidos en esas tareas.

De acuerdo a la iniciativa cobrarán esa pensión los cónyuges
o convivientes, en el marco de una unión convivencial, y los hijos solteros
hasta los 21 años.

La suma será equivalente al doble del haber mínimo
jubilatorio, a la que se le aplicarán los aumentos de movilidad
correspondientes a los otorgados a las jubilaciones ordinarias.

Programa Nacional de
Protección del personal de salud: “La Ley Silvio”

Lleva el nombre en homenaje a Silvio Cufré, el enfermero
oriundo de la provincia de Buenos Aires que fue el primer trabajador de la
salud que falleció en el país a causa de Covid-19.

La ley declara “prioritaria para el interés nacional la
protección de la vida y la salud del personal del sistema de salud argentino y
de los trabajadores y voluntarios que cumplen con actividades y servicios
esenciales” durante la emergencia sanitaria causada por la pandemia de
coronavirus.

El “Programa de Protección al Personal de la Salud”
alcanzará a “todo el personal médico, de enfermería, de dirección y
administración, logístico, de limpieza y demás, que presten servicios en
establecimientos de salud donde se efectúen prácticas destinadas a la atención
de casos sospechosos, realización de muestras y tests, y/o atención y
tratamiento de Covid-19, cualquiera sea el responsable y la forma jurídica del
establecimiento”.

De acuerdo a la norma, las clínicas y hospitales deberán
“garantizar medidas de bioseguridad en las áreas de los establecimientos
dedicadas específicamente a la atención y toma de muestras de casos sospechosos
o confirmados de Covid-19, como así también en aquellas áreas en que haya un
mayor riesgo de contagio”.

La autoridad de aplicación, “en coordinación con los demás
ministerios y órganos de gobierno, sindicatos, empresas, universidades y
organizaciones sociales” tendrá que establecer “protocolos de protección y
capacitaciones destinados a la prevención del contagio de aquellas personas que
cumplan con actividades y servicios esenciales que impliquen exposición al
contagio de Covid-19”.

En lo que respecta al financiamiento, se indica que los
gastos que demande la ley “serán atendidos con los recursos del presupuesto
nacional, a cuyos fines el señor jefe de Gabinete de Ministros efectuará las
reestructuraciones presupuestarias que fueren necesarias”.

Además, plantea que “la autoridad de aplicación podrá
recibir donaciones de recursos financieros y materiales que realicen
organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales, organismos
internacionales o de cooperación y organizaciones o entidades con fines de
lucro con actividades en nuestro país”.

La “Ley Silvio” dispone la formación de un “equipo
permanente de asesoramiento digital en materia de protección del personal de
salud” a los establecimientos que así lo requieran; y también crea un “Registro
Único de Personal de Salud contagiado por Covid-19” bajo la órbita del Sistema
Nacional de Vigilancia de Salud, con el objetivo de mantener actualizada la
información sobre los contagios en el personal de salud en tiempo real.

La sanción de estas leyes que benefician a trabajadorxs de
la salud son un logro más del conjunto articulaciones que ATE Argentina viene
realizando con los distintos ministerios y que en el caso de la salud incluye
el Plan de Prevención, la bonificación, establecer el covid 19 como enfermedad
profesional, entre otros.

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